Título TÍTULO PRIMERO
Art. 5
En vigor desde 23 mar 1991
El Instituto Cervantes actuará en el marco general de la acción exterior del Estado y coordinará sus actividades con cuantas realicen las Administraciones públicas o cualesquiera otras instituciones orientadas a los fines del Instituto.
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Proeli/es/l/1991/03/21/7#art-5