Art. Disposición final

En vigor desde 15 dic 1985
Se autoriza al Consejo de Gobierno el desarrollo reglamentario de lo dispuesto en la presente Ley, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
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eli/es-an/l/1985/12/06/7#disposicion-final

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