Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Art. 69

En vigor desde 1 ene 1998
Con efectos a partir de 1 de enero de 1998, la escala adjunta a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente: Escala Transmisiones directas – Pesetas Transmisiones transversales – Pesetas Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros – Pesetas 1.° Por cada título con grandeza 343.000 854.000 2.048.000 2.° Por cada grandeza sin título 244.000 610.000 1.462.000 3.° Por cada título sin grandeza 97.000 244.000 586.000
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eli/es/l/1997/12/30/65#art-69

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