Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición adicional vigésima séptima
En vigor desde 1 ene 2004
La elaboración, circulación y comercio de los productos derivados de la uva y del vino y, en particular, el vinagre de vino, los vinos aromatizados, el brandy, el aguardiente de orujo y el mosto, se regirá por las disposiciones contenidas en su normativa específica, siendo de aplicación, en lo que proceda, la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
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Proeli/es/l/2003/12/30/62#disposicion-adicional-vigesima-septima