Art. Disposición adicional vigésima séptima
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional vigésima séptima

163 / 209
En vigor desde 1 ene 2004
La elaboración, circulación y comercio de los productos derivados de la uva y del vino y, en particular, el vinagre de vino, los vinos aromatizados, el brandy, el aguardiente de orujo y el mosto, se regirá por las disposiciones contenidas en su normativa específica, siendo de aplicación, en lo que proceda, la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2003/12/30/62#disposicion-adicional-vigesima-septima