Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 31 dic 2025
Se faculta al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para aprobar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
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Proeli/es-an/l/2025/12/22/6#disposicion-final-segunda