Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
17 / 18En vigor desde 31 dic 2025
Se faculta al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para aprobar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
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Proeli/es-an/l/2025/12/22/6#disposicion-final-segunda