Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Impulso de proyectos empresariales
Art. 14
En vigor desde 10 dic 2024
1. Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana deberán promover el desarrollo de instrumentos de colaboración y coordinación y, cuando así lo acuerden, el ejercicio conjunto de sus facultades de intervención sobre las actividades económicas, con la finalidad de agilizar los procedimientos administrativos.
2. La colaboración y coordinación entre administraciones públicas podrá articularse a través de convenios, que concretarán, en su caso, los servicios y recursos.
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Proeli/es-vc/l/2024/12/05/6#art-14