Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 3 dic 2023
Se introduce un apartado f) en el artículo 69.1 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, con la siguiente redacción:
«f) Liquidaciones de herencias abintestato o intestadas diferidas a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2023/11/02/6#disposicion-final-segunda