Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Cambio de titularidad de bienes inmuebles y derechos sobre estos
Art. 35
En vigor desde 3 dic 2023
La titularidad de los bienes inmuebles demaniales y derechos sobre estos del patrimonio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia podrá ser transmitida gratuitamente a otras administraciones públicas, para los mismos fines determinantes de la afectación o para otros fines de uso general o de servicio público de competencia de la administración pública receptora de los bienes o derechos.
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Proeli/es-ga/l/2023/11/02/6#art-35