Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Inventario general de bienes y derechos de la Comunidad Autónoma de Galicia

Art. 199

En vigor desde 3 dic 2023
La valoración de los bienes y derechos inventariados y su actualización seguirá los criterios aplicados de acuerdo con el Plan general de contabilidad pública de Galicia y, en especial, con aquellas normas valorativas que según este tengan carácter obligatorio.
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eli/es-ga/l/2023/11/02/6#art-199

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