Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Inventario general de bienes y derechos de la Comunidad Autónoma de Galicia
Art. 196
En vigor desde 3 dic 2023
1. El inventario general comprenderá la relación de los siguientes bienes y derechos:
a) Los bienes inmuebles y derechos reales de titularidad de la Administración general de la Comunidad Autónoma.
b) Los derechos de arrendamiento y cualquier otro de carácter personal en virtud de los que se atribuya a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia el uso o disfrute de inmuebles ajenos.
c) Los valores mobiliarios y los títulos representativos de acciones y participaciones en el capital de sociedades mercantiles o de obligaciones emitidas por estas de titularidad de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Los bienes muebles y los derechos de propiedad incorporal de la Administración general de la Comunidad Autónoma.
e) Los bienes y derechos de las entidades públicas instrumentales.
2. Las relaciones de cada uno de los apartados anteriores se configurarán como inventarios independientes que se integrarán en el inventario general.
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Proeli/es-ga/l/2023/11/02/6#art-196