Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª Procedimiento de venta de bienes inmuebles o derechos sobre estos por concurso
Art. 124
En vigor desde 3 dic 2023
1. En el lugar y hora señalados en el anuncio y en acto público, se procederá a la lectura de la lista de licitadores admitidos y se procederá a la apertura de los sobres que contengan las propuestas al concurso, pudiendo rechazarse en el momento aquellas que no guardasen concordancia con la documentación examinada y admitida, que se apartasen sustancialmente del modelo o comportasen error manifiesto.
2. En el plazo máximo de sesenta días naturales, a contar desde la celebración de dicho acto, la mesa analizará las propuestas, atendiendo a los criterios y al procedimiento fijado en el pliego, y podrá solicitar, antes de formular la propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y que se relacionen con el objeto del concurso. Determinada la oferta más ventajosa, se elevará propuesta de adjudicación al órgano competente.
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Proeli/es-ga/l/2023/11/02/6#art-124