Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 96
En vigor desde 1 jun 2025
Respecto a la licitación de contratos para la organización de acontecimientos y actos públicos de carácter social, cultural, deportivo o de naturaleza similar que lleven a cabo las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana se fomentará que incorporen en los correspondientes pliegos criterios de sostenibilidad, el cálculo de huella de carbono, su publicación y la reducción de emisiones asociadas.
Se modifica por el art. 289 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2022/12/05/6#art-96