Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 30 sept 2022
La presente Ley entrará en vigor en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2022/06/29/6#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil