Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª De las sanciones
Art. Disposición final primera
En vigor desde 31 mar 2023
El apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta quedará redactado en la forma siguiente:
«3. Transcurridos diez años desde la entrada en vigor de esta ley sin que la ordenación urbanística municipal se hubiera adaptado a la misma, los suelos afectados por la suspensión quedan reclasificados como suelo rústico común.»
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Proeli/es-cn/l/2022/12/27/6#disposicion-final-primera