Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 98
En vigor desde 5 jul 2018
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se da nueva redacción al penúltimo párrafo del artículo 87 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, que quedará redactado como sigue:
«Para aquellas aeronaves susceptibles de ser conectadas a más de una pasarela simultáneamente que estacionen en posiciones de pasarelas especialmente diseñadas para esta finalidad, la cuantía unitaria por cada pasarela adicional conectada se reducirá en un setenta y cinco por ciento.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2018/07/03/6#art-98