Capítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 3.ª Sanciones

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 23 dic 2017
Las Entidades Locales dispondrán del plazo de un año para desarrollar o adaptar sus Ordenanzas a las previsiones de esta ley, desde su entrada en vigor.
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eli/es-mc/l/2017/11/08/6#disposicion-transitoria-cuarta

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