Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Organización

Art. 17

En vigor desde 22 dic 2017
1. La persona titular de la tesorería será elegida y cesada por acuerdo del pleno de entre sus miembros, conforme a lo establecido en el reglamento de régimen interior de la Cámara. 2. Sus funciones comprenden la disposición y custodia de fondos, valores y efectos de la Cámara, de acuerdo con lo que el pleno determine y en función de lo establecido en el reglamento de régimen interior.
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eli/es-cm/l/2017/12/14/6#art-17

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