Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 20 jul 2016
No obstante lo dispuesto en el artículo 13.3.c de esta ley, hasta que no se constituya el Consejo Audiovisual de la Comunitat Valenciana, la propuesta de una persona al Consejo Rector que le corresponde realizar a dicho Consejo Audiovisual se asumirá por la Comisión de Radiotelevisión Valenciana y del Espacio Audiovisual de Les Corts, que deberá aprobarla por el mismo procedimiento previsto para los candidatos y candidatas propuestos por los grupos de Les Corts.
La propuesta de dos personas por el Consejo del Audiovisual de la Comunitat Valenciana se realizará transcurrido un año desde la constitución de este órgano.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2016/07/15/6#disposicion-transitoria-tercera