Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 20 jul 2016
El procedimiento para la elección de las personas que deben componer el Consejo Rector de la Corporación deberá iniciarse por Les Corts en un plazo máximo de un mes desde la aprobación de esta ley.
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eli/es-vc/l/2016/07/15/6#disposicion-transitoria-primera

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