Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 23

En vigor desde 26 jun 2015
De conformidad con las disposiciones del Estado en ejercicio de sus competencias, el órgano competente de la Administración autonómica en materia de sanidad vegetal llevará a cabo en Extremadura las acciones necesarias para coordinar y desarrollar los planes y programas de control en materia de sanidad vegetal, en especial los relacionados con el uso sostenible de productos fitosanitarios y con el control oficial en sanidad vegetal.
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eli/es-ex/l/2015/03/24/6#art-23

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