Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
En vigor desde 26 jun 2015
La Administración autonómica velará por el uso sostenible de productos fitosanitarios en los términos exigidos por las normas de la Unión Europea y de las dictadas por el Estado en el ejercicio de sus competencias y promoverá el uso racional de los mismos.
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Proeli/es-ex/l/2015/03/24/6#art-22