Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1

En vigor desde 10 abr 2015
Constituye el objeto de la presente ley reconocer y establecer los mecanismos necesarios para la promoción y difusión de las señas de identidad del pueblo valenciano, mediante la determinación de un marco jurídico que permita adoptar las medidas y emprender las acciones que resulten precisas o convenientes para defender tales señas, salvaguardarlas y divulgarlas, con la finalidad de garantizar su preservación y facilitar su conocimiento y valoración tanto dentro como fuera del territorio de la Comunitat Valenciana.
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eli/es-vc/l/2015/04/02/6#art-1

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