Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 103

En vigor desde 4 jul 2013
1. Las universidades promoverán programas de acogida y estancia para estudiantes de países no integrados en el Espacio europeo de educación superior, prestando especial atención a los miembros de las comunidades gallegas en el exterior. 2. La Xunta de Galicia fomentará las relaciones de las universidades del SUG con universidades de países no integrados en el Espacio europeo de educación superior, especialmente con países iberoamericanos en los cuales exista una significada presencia de la comunidad gallega en el exterior, en orden a establecer programas y acciones de movilidad e intercambio.
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eli/es-ga/l/2013/06/13/6#art-103

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