Título TÍTULO II

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 7 ago 2012
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha», salvo aquellos preceptos que dispongan otro plazo.
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eli/es-cm/l/2012/08/02/6#disposicion-final-segunda

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