Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 27 may 2009
El departamento competente en materia de medio ambiente debe elaborar guías metodológicas e instrucciones técnicas para facilitar la ejecución del proceso de evaluación ambiental, que deben ponerse a disposición de los promotores.
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eli/es-ct/l/2009/04/28/6#disposicion-adicional-primera

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