Capítulo CAPÍTULO II

Art. 4

En vigor desde 20 ene 2010
La Presidencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha corresponde a la persona titular del órgano del Consejo de Gobierno responsable de la Coordinación Hidrológica, a quien se atribuyen las siguientes funciones: a) La representación legal de la Agencia. b) El desempeño de la superior función ejecutiva y directiva de la Agencia. c) La suscripción de convenios con otras administraciones públicas. d) Las demás funciones que se le atribuyan.
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eli/es-cm/l/2009/12/17/6#art-4

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