Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 27 nov 2006
El Parlamento, de entre sus miembros, elige al Presidente o a la Presidenta de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía y en el Reglamento del Parlamento de Andalucía.
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Proeli/es-an/l/2006/10/24/6#art-4