Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
En vigor desde 27 nov 2006
La persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía. Asimismo, dirige y coordina la acción del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es-an/l/2006/10/24/6#art-2