Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 24 abr 2005
Esta Ley se dicta al amparo de la competencia que corresponde al Estado conforme al artículo 149.1.6.ª y 8.ª de la Constitución. Las referencias al Banco de España se considerarán básicas conforme a lo establecido en el artículo 149.1.11.ª de la Constitución.
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Proeli/es/l/2005/04/22/6#disposicion-final-cuarta