Título TÍTULO III
Art. 26
En vigor desde 30 nov 2003
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se establecerán los oportunos mecanismos de colaboración, a fin de intercambiar los datos del Registro Andaluz de Entidades Locales con el Registro de carácter estatal.
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Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2003/10/09/6#art-26