Título TÍTULO IX
Art. 22
En vigor desde 1 abr 2003
Las infracciones tributarias se calificarán y sancionarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, y el resto de disposiciones que regulan la potestad sancionadora de la Administración pública en materia tributaria.
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Proeli/es-md/l/2003/03/20/6#art-22