Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 36

En vigor desde 17 may 1999
Para hacer uso del derecho a la promoción interna será necesario reunir los siguientes requisitos: a) Estar en posesión de la titulación exigida para el puesto al que se aspira. b) Haber permanecido, al menos, dos años como funcionario de carrera en la categoría inmediatamente inferior y ocupar dicho puesto en propiedad. En el caso de movilidad, además, faltarles más de cinco años para el pase a la situación de segunda actividad. c) Superar las pruebas de aptitud que se establezcan al efecto y el correspondiente curso selectivo en el Instituto Valenciano de Seguridad Pública de la Generalitat. d) Los demás requisitos que se exijan para la provisión de cada puesto.
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eli/es-vc/l/1999/04/19/6#art-36

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