Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.a Sistemas de ingreso

Art. 24

En vigor desde 16 ago 1997
1. El acceso a los empleos de Oficial, Subinspector e Inspector se realizará por concurso-oposición libre, siendo requisito indispensable superar un curso selectivo en la Academia Canaria de Seguridad. 2. Se reservará hasta un 50 por 100 de las plazas para quienes tengan un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior respectiva, que posean la titulación adecuada y que hayan superado, o superen en el proceso de selección, el curso impartido por la Academia Canaria de Seguridad. 3. De existir una sola vacante se cubrirá alternativamente por concurso-oposición libre y por promoción interna.
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eli/es-cn/l/1997/07/04/6#art-24

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