Art. 5

En vigor desde 15 jul 1997
El Colegio Profesional de Podólogos de Aragón se regirá por la legislación de los colegios profesionales, así como por los Estatutos y, en su caso, por el Reglamento de Régimen Interior.
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eli/es-ar/l/1997/07/03/6#art-5

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