Título TÍTULO VIII

Art. 37

En vigor desde 25 abr 1991
Los edificios e instalaciones existentes en el interior de las zonas de protección delimitadas con arreglo a lo previsto en esta Ley, tendrán la consideración de fuera de ordenación, a los efectos previstos en el artículo 60 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 9 de abril de 1976.
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eli/es-vc/l/1991/03/27/6#art-37

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