Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 14 nov 2017
Acorde con su independencia funcional, corresponde en todo caso, a la Sindicatura de Comptes el ejercicio de las siguientes competencias: Uno. La elaboración y aprobación del proyecto de su propio presupuesto, integrándose este último, una vez tramitado y aprobado por los órganos competentes, en el presupuesto de la Generalitat Valenciana, como sección independiente. Dos. La regulación de cuanto afecte a su gobierno y organización, de acuerdo con los créditos presupuestarios autorizados por las Corts Valencianes para estos fines. Tres. La regulación del régimen interno del personal a su servicio, sin perjuicio de las normas generales que sean de aplicación. Se modifica por el .3 de la Ley 16/2017, de 10 de noviembre. Ref. BOE-A-2017-15373

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eli/es-vc/l/1985/05/11/6#art-3

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