Capítulo CAPITULO III

Art. Disposición transitoria

En vigor desde 10 dic 1984
La constitución del Consejo Asesor debe realizarse en el plazo máximo de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/1984/11/15/6#disposicion-transitoria

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil