Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Fuentes normativas

Art. 9

En vigor desde 1 jul 2004
1. Las leyes y los reglamentos que contengan normas tributarias deberán mencionarlo expresamente en su título y en la rúbrica de los artículos correspondientes. 2. Las leyes y los reglamentos que modifiquen normas tributarias contendrán una relación completa de las normas derogadas y la nueva redacción de las que resulten modificadas.
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eli/es/l/2003/12/17/58#art-9

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