Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias

Art. 183

En vigor desde 1 jul 2004
1. Son infracciones tributarias las acciones u omisiones dolosas o culposas con cualquier grado de negligencia que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta u otra ley. 2. Las infracciones tributarias se clasifican en leves, graves y muy graves. 3. Las infracciones y sanciones en materia de contrabando se regirán por su normativa específica.
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eli/es/l/2003/12/17/58#art-183

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