Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 29 nov 1997
Las instalaciones de producción de energía eléctrica a las que sea de aplicación la legislación especial en materia de energía nuclear se regirán por la misma además de por lo dispuesto en la presente Ley.
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eli/es/l/1997/11/27/54#disposicion-adicional-decima

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