Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Sistema financiero y monetario

Art. 95

En vigor desde 1 ene 2003
Se modifica el párrafo primero del apartado 1 de la disposición adicional segunda de la Ley 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa, que queda redactado en los siguientes términos: «1. Se crea una línea de apoyo a la capitalización de empresas de base tecnológica, cuyo objeto será la financiación de la toma de participación en el capital de empresas de alto contenido tecnológico por parte de entidades financieras cuyo objeto social sea la participación temporal en el capital de empresas no financieras. Las citadas entidades financieras deberán estar, en caso de resultar legalmente obligadas a ello, registradas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores y/o supervisadas por el Banco de España.»
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eli/es/l/2002/12/30/53#art-95

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