Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 113
En vigor desde 1 ene 2003
Se añade un párrafo h) al artículo 24.2 de la Ley 10/1988, de 3 de mayo, de Televisión Privada, con el siguiente contenido:
«h) El incumplimiento de lo previsto en el artículo 19 de la presente Ley por aquellos socios de las entidades concesionarias que no tengan la condición de mayoritarios, o no ostenten, de cualquier otro modo, el control de la sociedad concesionaria.»
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2002/12/30/53#art-113