Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional novena

En vigor desde 24 ene 1985
La incompatibilidad a que se refiere el artículo 3.2 de esta Ley no será de aplicación a los Profesores universitarios eméritos.
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eli/es/l/1984/12/26/53#disposicion-adicional-novena

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