Capítulo DISPOSICIONES ADICIONALES

Art. DISPOSICIÓN FINAL

En vigor desde 24 oct 1980
DISPOSICIÓN FINAL La presente Ley entrará en vigor en el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», quedando derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la misma.
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eli/es/l/1980/10/16/52#disposicion-final

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