Título TITULO IIICapítulo CAPITULO II

Art. Artículo treinta y tres

En vigor desde 2 feb 1982
Uno. Los miembros de la Carrera Fiscal están equiparados en honores, categorías y retribuciones a los de la Carrera Judicial. Dos. En los actos oficiales a que asisten los representantes del Ministerio Fiscal ocuparán el lugar inmediato siguiente al de la autoridad judicial. Cuando deban asistir a las reuniones de gobierno de los Tribunales y Juzgados ocuparán el mismo lugar respecto de quien las presida.
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eli/es/l/1981/12/30/50#articulo-treinta-y-tres

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