Art. 5
En vigor desde 16 oct 2025
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Cantabria se relacionará con la Administración de la Comunidad Autónoma a través de la consejería competente en materia de Colegios Profesionales. En los aspectos relativos a los contenidos propios de su profesión, se relacionará con la consejería competente en materia de Salud.
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Proeli/es-cb/l/2025/10/09/5#art-5