Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 34
En vigor desde 1 ene 2026
Se añade la disposición adicional octava a la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional octava. Oficina de Apoyo al Profesorado de los centros docentes públicos. La consejería competente en materia de educación creará una unidad administrativa con funciones de atención, asesoramiento y apoyo al profesorado en su condición de autoridad pública de los centros docentes públicos, cuando se deriven situaciones de conflicto de convivencia en el ejercicio de sus funciones docentes y en relación a otros miembros de la comunidad educativa.»
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Proeli/es-ga/l/2025/12/23/5#art-34