Título TÍTULO VI

Art. Disposición final octava

En vigor desde 1 ene 2026
La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2026, o el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», si esta fecha fuera posterior.
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eli/es-md/l/2025/12/23/5#disposicion-final-octava

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